EJEMPLO DE PERFIL DE TESIS PARTE I

Publicado en por OSCAR LOPEZ HERNANI

PERFIL DE TESIS

1.  ENUNCIADO DEL TEMA DE TESIS

El nombre  de la tesis propuesta es : “BASES JURIDICAS PARA LA CONSERVACION Y PROTECCION DE LOS VALORES ARTISTICOS COLONIALES”.

IDENTIFICACION DEL PROBLEMA

Los valores artísticos de la colonia, están cada vez más amenazados de su perdida definitiva, no sólo por las causas tradicionales de deterioro sino principalmente por el pillaje (robo o hurto), que se ha convertido en un temible enemigo  del patrimonio artístico colonial.

La protección de estos valores a escala nacional es en muchos casos insuficientes e incompleto, dada la magnitud de los medios que requiere y la insuficiencia de los recursos económicos, científicos y técnicos.

Al ser los valores artísticos coloniales de excepcional interés tanto histórico como cultural es necesario que se conserven como elementos vivos del patrimonio histórico cultural de la nación boliviana.

Ante la amplitud y la gravedad de los peligros que les amenazan, incumbe al Estado, conservar y  proteger los valores artísticos coloniales, siendo indispensable adoptar para ello una nueva normatividad. que establezcan un sistema eficaz de protección y conservación de los valores artísticos coloniales, según concepciones modernas pero sobre todo eficaces.

Es en ese sentido, que el Estado tiene el deber de proteger y conservar  los valores artísticos coloniales existentes en el territorio nacional contra los peligros de deterioro, robo, y exportación ilícita.

Para evitar esos peligros es indispensable que el Estado tenga el sustento jurídico adecuado para el cumplimiento de las obligaciones jurídicas y también  porque no decirlo morales.

Es precisamente a establecer los fundamentos jurídicos que sustenten una adecuada protección y conservación de los valores artísticos coloniales, es a lo que tiende la investigación, no hay que olvidar que la desaparición de los valores artísticos coloniales se ha constituido en un empobrecimiento nefasto del patrimonio de la nación boliviana.

3.  PROBLEMATIZACION

El problema de investigación tiene los siguientes elementos :

LA LEGISLACION EXISTENTE ES INSUFICIENTE PARA LA PROTECCION DE LOS VALORES ARTISTICOS COLONIALES

La legislación existente, tanto constitucional como las leyes conexas que rigen sobre la protección del patrimonio histórico cultural, es insuficiente para la protección de los valores artísticos coloniales no sólo porque estas se limitan a simples enunciados, sino también porque no establecieron un sistema institucional efectivo de protección y conservación de los valores artísticos coloniales.

LAS PERDIDAS ECONOMICAS POR LA DESAPARICION DE LOS VALORES ARTISTICOS COLONIALES SON INMENSAS

Debido a que el Estado no puede cumplir con la protección y conservación debida de los valores artísticos coloniales, las perdidas para el Estado Boliviano son inmensas no sólo por el valor económico incalculable de estos sino por su valor histórico cultural.

EL ROBO DE LOS VALORES ARTISTICOS COLONIALES ES COSA COMUN Y NO SANCIONADA POR LAS AUTORIDADES NACIONALES

Es común el robo de valores artísticos coloniales (cuadros, retablos, etc.) de distintas iglesias diseminadas por el territorio nacional, pero lo indignante es que las autoridades nacionales no sancionan a las organizaciones criminales que se dedican al tráfico ilícito del patrimonio histórico cultural.

LA INSUFICIENTE LEGISLACION EXISTENTE PROVOCA PERDIDAS IRREPARABLES POR LA PERDIDA DE VALORES ARTISTICOS COLONIALES

Al ser la legislación sobre el patrimonio histórico cultural existente insuficiente en la protección y conservación de los valores artísticos coloniales provoca perdidas económicas irreparables al Estado Boliviano.

ANTE LA REALIDAD EXISTENTE ES NECESARIO EL ESTABLECIMIENTO DE LAS BASES JURIDICAS PARA UNA ADECUADA PROTECCION Y CONSERVACION DE LOS VALORES ARTISTICOS COLONIALES

La realidad muestra que la legislación y sistema institucional existente se ha hecho insuficiente para la protección y conservación de los valores artísticos coloniales, por ello se hace necesario establecer las bases jurídicas para que se pueda realizar una eficiente protección y conservación de los valores artísticos coloniales, para beneficio de las generaciones presentes y futuras.

De estos elementos del problema investigación se infieren las siguientes cuestionantes :

¿La legislación existente será insuficiente para la protección de los valores artísticos coloniales ?

¿ Las perdidas económicas por la desaparición de los valores artísticos coloniales serán inmensas e irreparables ?

¿ La insuficiente legislación existente provocará perdidas irreparables por la perdida de valores artísticos coloniales ?

¿ El robo de los valores artísticos coloniales será cosa común y no sancionada por las autoridades nacionales ?

¿ Ante la realidad existente de desprotección e inadecuada conservación de los valores artísticos coloniales será necesario el establecimiento de las bases jurídicas para una adecuada protección y conservación de estos valores ?

De estas cuestionantes se colige el problema general a ser resuelto que es :

¿Ante la insuficiente de la legislación existente para la protección y conservación de los valores artísticos coloniales  que provoca perdidas económicas inmensas e irreparables por la desaparición de los valores artísticos coloniales será necesario será necesario el establecimiento de las bases jurídicas para una adecuada protección y conservación de estos valores ? 

4. DELIMITACION DEL TEMA DE TESIS

La investigación tendrá la siguiente delimitación

4.1. DELIMITACION TEMATICA

La tesis se circunscribirá  dentro del Derecho Administrativo por ser aquella rama del derecho público interno que regula la organización y funciones del órgano ejecutivo, las funciones administrativas de los restantes órganos de poder (Legislativo y Judicial) y de los órganos extrapoderes, así como todas aquellas actividades realizadas por personas (públicas o privadas) a quienes el ordenamiento jurídico les atribuye potestades de poder público derogatorias o exorbitantes del derecho privado dirigidas al atendimiento  de los intereses públicos.

4.2. DELIMITACION TEMPORAL

Para el plano práctico de contrastación de las hipótesis con la realidad y de aplicación de encuestas la tesis circunscribirá su acción a los últimos dos años, es decir 2001 a 2.002.

4.3 DELIMITACION ESPACIAL

La tesis contemplará para fines del trabajo de campo la ciudad de La Paz por concentrarse en ésta el aparato institucional de protección y conservación del patrimonio histórico cultural y por muestreo se determinará las iglesias con valores artísticos coloniales a ser analizadas y también por muestreo se determinará los juzgados de materia penal a ser estudiados.

5. FUNDAMENTACION E IMPORTANCIA DE LA TESIS

 La importancia de la tesis radica en los siguientes fundamentos :

VALOR TEORICO DE LA INVESTIGACION

A pesar de existir investigaciones sobre el patrimonio histórico y cultural de la nación, son  nulas las investigaciones sobre la protección y conservación de los valores artísticos coloniales desde la perspectiva jurídica tanto a nivel teórico como a nivel práctico, hecho que llenara la investigación.

EL ESTABLECIMIENTO DE LAS BASES JURIDICAS PARA LA PROTECCION DE LOS VALORES ARTISTICOS COLONIALES SENTARA EL FUNDAMENTO PARA UNA MEJOR PROTECCION Y CONSERVACION DE ESTOS VALORES

Uno  de los justificativos y valores de la investigación es que a través de determinar las bases jurídicas de la protección y conservación de los valores artísticos coloniales se dará una adecuada y mejor protección de estos, toda vez que en la realidad actual su desprotección es evidente.

EL DETERMINAR LAS FALENCIAS DEL MARCO JURIDICO ACTUAL DE PROTECCION Y CONSERVACION DE LOS VALORES ARTISTICOS COLONIALES PERMITIRA ENCONTRAR ELEMENTOS DE ANALISIS CRITICOS PARA SU PERFECCION

Otro de los aportes de la investigación a realizar es que al determinar las falencias del marco jurídico actual en relación a la protección y conservación de los valores artísticos coloniales, permitirá encontrar los elementos de análisis críticos para su perfeccionamiento, ya sea mediante su complementación, modificación o sustitución.

LA DESPROTECCION EXISTENTE DE LOS VALORES ARTISTICO COLONIALES HACE FACTIBLE Y NECESARIA LA INVESTIGACION A REALIZARSE

Es de todos sabido que los valores artísticos coloniales se encuentran totalmente desprotegidos y con riesgo de su perdida irreparable, esta realidad da pie a la investigación a realizarse no solo como medio de revalorizar el patrimonio nacional sino para tomar conciencia de la relevancia de su protección y conservación.

OBJETIVOS

Los objetivos que se plantea la investigación son :

6.1. OBJETIVOS GENERALES

Demostrar que la insuficiencia de la legislación existente para la protección y conservación de los valores artísticos coloniales provoca perdidas económicas inmensas e irreparables al Estado Boliviano.

Demostrar que es necesario el establecimiento y definición de las bases jurídicas para protección y conservación de valores artísticos coloniales.

OBJETIVOS ESPECIFICOS

Analizar la teoría jurídica existente sobre la protección y conservación de los valores artísticos coloniales.

Efectuar el análisis de normas de derecho comparado sobre la materia.  

Determinar sobre que elementos se de debe definir las bases jurídicas para la protección y conservación de los valores artísticos coloniales.

 7. MARCO DE REFERENCIA

El marco de referencia  en que se basa la tesis es :

MARCO HISTORICO

Sobre la protección del patrimonio histórico cultural de las naciones (dentro de estos los valores artísticos coloniales, objeto de estudio), solo existían legislaciones internas y algunos tratados internaciones, y se tuvo que esperar hasta la Convención  de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura, para que se estableciera un marco jurídico internacional para su protección a través de la Convención sobre las Medidas que Deben Adoptarse para Prohibir e Impedir la Importación, la Exportación y la Transferencia de Propiedad Ilícitas de Bienes Culturales, establecida en La Haya el 14 de mayo de 1970.

Posteriormente la Conferencia General de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura, en su 17a, reunión celebrada en París del 17 de octubre al 21 de noviembre de 1972, determino establecer las directrices para la protección del patrimonio cultural y natural a través de la Convención de la Naciones Unidas sobre  Patrimonio Cultural y Natural, esta convención define lo que se considera por patrimonio cultural y natural y establece las formas de su protección y en especial hace énfasis en la restitución del patrimonio cultural sujeto a tráfico ilícito y la resolución de las controversias entre los Estados acerca de la restitución o la devolución de bienes culturales  por intermedio del Comité Intergubernamental para Fomentar el Retorno de los Bienes Culturales a sus Países de Origen o su Restitución en Caso de Apropiación Ilícita.

Ya desde 1977, la UNESCO comenzó a publicar avisos sobre bienes culturales robados en los siguientes países: Camboya, Chipre, Colombia, Ecuador, Grecia, Hungría, Irak, México, Nigeria, Panamá, Portugal, República Checa, Siria, Turquía y Yemen.

Desde los años ochenta la preocupación por la conservación del Patrimonio Cultural da lugar a que comiencen a perfilarse áreas prioritarias en la investigación aplicada sobre restauración, conservación  y protección del Patrimonio Cultural que se refleja especialmente en el aumento de los presupuesto sobre la materia en los países europeos.

A partir de 1994 se organizaron seminarios de formación organizados por la Convención de la UNESCO sobre las Medidas que deben Adoptarse para Prohibir e Impedir la Importación, la Exportación y la Transferencia de Propiedad Ilícitas de Bienes Culturales (Malí, octubre de 1994; Ecuador, septiembre de 1995).

Y es la Convención  de la UNIDROIT sobre los Bienes Culturales Robados o Importados Ilícitamente de Roma de 24 de junio de 1995 que establece los lineamientos más modernos para la protección, restitución y conservación del patrimonio histórico cultural de las naciones.

A nivel nacional la protección del patrimonio histórico cultural deviene desde la reforma constitucional de 1938, donde se disponía : “La riqueza artística, arqueológica e histórica y la procedente del culto religioso, es tesoro cultural de la Nación, esta bajo el amparo del Estado y no puede ser exportada...” (art. 163 de la Constitución Reformada de 1938).

MARCO TEORICO

La tesis fundará la investigación en la Teoría de La Red Iberoamericana Del Patrimonio Cultural (REDIPAC).

Según la Teoría de La Red Iberoamericana del Patrimonio Cultural (REDIPAC), el conservar el Patrimonio Cultural equivale a mostrar el respeto que se debe hacia el legado de las generaciones que han precedido, al tiempo que se entrega el testimonio de la tradición cultural a las siguientes, sirviendo así de puente y ligazón entre pasado, presente y futuro. Al hacerlo, se reconoce una tradición cultural construida a lo largo de milenios, de la cual, a su vez, se extrae las señas de identidad y el sentido de pertenencia.

Asimismo esta teoría señala que en los últimos años, el Patrimonio Cultural se vislumbra como un recurso económico importante, lo cual, a su vez, plantea la necesidad de hacer compatible la explotación del citado Patrimonio con su conservación.

El Patrimonio Cultural se configura cada vez más, en este nuevo milenio, como una herencia común para toda la humanidad. Esta tendencia a considerar el Patrimonio Cultural como cosa de todos se hace aún más patente en el ámbito de los países iberoamericanos, donde los lazos históricos y lingüísticos comunes se unen a una problemática de conservación patrimonial que ha discurrido por parecida trayectoria y que se ve enfrentada actualmente a los mismos retos.

Un punto crucial en esta Teoría, es a lo que se ha defino como la Gestión de Patrimonio Cultural, que es la eficiente administración de recursos (patrimoniales, humanos, económicos y de todo tipo) ordenada a la consecución de objetivos sociales que afecten al Patrimonio Cultural.

Así la Gestión del Patrimonio Cultural sólo es adecuada si cumple las siguientes condiciones:

Que en la legislación  interna el patrimonio cultural, sea considerado bien público

Que en la legislación  interna el patrimonio cultural, sea considerado como un bien de valor económico, social e histórico

Tener un sistema adecuado de protección y conservación

Anteponer a toda otra consideración la integridad del bien cultural de que se trate

De tal manera que la Gestión del Patrimonio Cultural, por cuanto afecta a elementos de alto valor histórico, artístico o cultural, es  de interés nacional.

7.3 MARCO CONCEPTUAL

La investigación utilizará entre otros conceptos, los siguientes :

GESTION DEL PATRIMONIO CULTURAL

La eficiente administración de recursos (patrimoniales, humanos, económicos y de todo tipo) ordenada a la consecución de objetivos sociales que afecten al Patrimonio Cultural ( EXTRACTADO DE : RED IBEROAMERICANA DEL PATRIMONIO CULTURAL ; La Gestión del Patrimonio cultural ; Ediciones REDIPAC ;Barcelona España ; 2000 Pg. 89).

VALOR HISTORICO

Es el valor que tiene un determinado bien en razón a la  historia en una determinada sociedad. Un objeto puede tener valor histórico porque ha influido o ha sido objeto de la influencia de un evento o personaje destacado (EXTRACTADO DE : INSTITUTO ANDALUZ DEL PATRIMONIO HISTÓRICO ;  La defensa del Patrimonio Cultural y su entorno ; Ediciones IAPH ; Andalucía España ; 1998, Pg. 67).

VALOR SOCIAL

Es el valor que por las cualidades especiales ya sea históricas  o culturales, tiene objeto que se ha convertido en un foco de sentimientos espirituales, nacionales, políticos o culturales para un grupo humano (EXTRACTADO DE : INSTITUTO ANDALUZ DEL PATRIMONIO HISTÓRICO ;  La defensa del Patrimonio Cultural y su entorno ; Ediciones IAPH ; Andalucía España ; 1998, Pg. 70).

VALORES ARTISTICOS COLONIALES

Los valores de la colonia (S. XVI - XIX) que desde el punto de vista de la historia o del arte son considerados de valor social e histórico (EXTRACTADO DE : SALON INTERNACIONAL DEL PATRIMONIO CULTURAL ; El Patrimonio Cultural. El salto a su protección ; versión en español ; Ediciones SIPAC ; París Francia ; 1999 ; Pg. 77).

PATRIMONIO CULTURAL

Son los monumentos, obras arquitectónicas, de escultura o de pintura monumentales, elementos o estructuras de carácter arqueológico, inscripciones, cavernas y grupos de elementos, que tengan un valor universal excepcional desde el punto de vista de la historia, del arte o de la ciencia.

También son patrimonio cultural, los grupos de construcciones, aisladas o reunidas, cuya arquitectura, unidad e integración en el paisaje les dé un valor universal excepcional desde el punto de vista de la historia, del arte o de la ciencia,

Igualmente son patrimonio cultural las obras del hombre u obras conjuntas del hombre y la naturaleza así como las zonas incluidos los lugares arqueológicos que tengan un valor universal excepcional desde el punto de vista histórico, estético, etnológico o antropológico (EXTRACTADO DE : ORGANIZACIÓN DE NACIONES UNIDAS ;  Conferencia Mundial de la UNESCO sobre el Patrimonio Cultural, celebrada en México en el año 1982 ; Ediciones ONU ; New Yok USA ; 1983 ; Pg. 125).

PATRIMONIO HISTORICO

Los bienes que por sus características de importancia en relación a un acontecimiento de una nación son considerados como propios de la historia nacional y sujetos a un régimen especial (EXTRACTADO DE : ORGANIZACIÓN DE NACIONES UNIDAS ;  Conferencia Mundial de la UNESCO sobre el Patrimonio Cultural, celebrada en México en el año 1982 ; Ediciones ONU ; New Yok USA ; 1983 ; Pg. 129).

INTERES SOCIAL DE LOS BIENES CULTURALES

Es el valor colectivo que otorga una sociedad a sus  bienes culturales y en virtud del cual estos no pueden ser destruidos, remozados, modificados o restaurados, sin previa autorización del Estado ( EXTRACTADO DE : FARRANDO, ISMAEL y Otros; Manual de Derecho Administrativo ; Ediciones de Palma ; Buenos Aires Argentina ;  1996 ; Pg. 55).

BIEN PUBLICO

Aquellos bienes cuya propiedad pertenece al  Estado y que tienen las características de inalienables, imprescriptibles e inembargables en su propiedad y por tanto son de interés social público ( EXTRACTADO DE : CASSAGNE, Juan Carlos ; Derecho Administrativo;  Ediciones Astrea; Buenos Aires Argentina ; 1989).

PROTECCION DE LOS VALORES ARTISTICOS COLONIALES

El amparo o reguardo de  los valores histórico culturales de la colonia (EXTRACTADO DE : RED IBEROAMERICANA DEL PATRIMONIO CULTURAL ; La Gestión del Patrimonio cultural ; Ediciones REDIPAC ;Barcelona España ; 2000 Pg. 145).

CONSERVACION DE LOS VALORES ARTISTICOS COLONIALES

Mantener o cuidar v
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